Retracto de Herederos



El Derecho de Retracto  de Herederos ...


Derecho de retracto arrendaticio, retracto por los arrendatarios

El retracto de herederos

 

 

 

El artículo 1067 del Código Civil dispone: "Si alguno de los herederos vendiere a un extraño su derecho hereditario antes de la partición, podrán todos o cualquiera de los coherederos subrogarse en lugar del comprador, reembolsándole el precio de la compra, con tal que lo verifiquen en término de un mes, a contar desde que esto se les haga saber".

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