El Derecho de Retracto Arrendaticio puede ser ejercitado tanto sobre inmuebles urbanos como rústicos
El derecho de retracto arrendaticio es el que ostenta el arrendatario de un inmueble vendido para poder adquirirlo, cuando no haya renunciado al derecho de adquisición preferente y no se le
hubiese otorgado previamente el derecho de tanteo.
El Derecho de Retracto Arrendaticio puede ser ejercitado tanto sobre inmuebles urbanos como rústicos